CIUDAD DE MÉXICO 23-Apr-2025 .-La Cámara de Diputados avaló una reforma que permite la portación de armas a integrantes de organismos con funciones de carácter público -como la CFE, SAT y Banxico-, amplía el catálogo de armas a las que podrán acceder los ciudadanos y establece la obligación de ejidatarios y comuneros de comprobar que lo son para llevarlas.

 Con 476 votos a favor y dos abstenciones, el Pleno aprobó con cambios la propuesta del ex Presidente Andrés Manuel López Obrador que modifica 57 artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

La reforma establece que podrán portar armas los organismos que por sus funciones acrediten su necesidad de portar armas de fuego, siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos establecidos por la ley.

“En México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública. Por ello, en esta iniciativa de ley se propone que integrantes de empresas públicas, paraestatales, órganos autónomos (entre otras CFE, Pemex, Banxico, Casa de Moneda, CNI, SAT) y personas físicas y morales (empresas de seguridad privada) puedan portar armas de fuego para el desarrollo de funciones de seguridad que emita la Sedena, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos”, plantea el proyecto.

El diputado Sergio Gil Rullán, de Movimiento Ciudadano, celebró que las nuevas disposiciones obliguen a los organismos e instituciones recién facultados a informar a la Sedena los detalles de quienes portan el armamento.

 “El que las instituciones con licencias colectivas tengan que reportar al registro el folio de las credenciales del personal autorizado y la relación de armas bajo su poder, y correlacionarlas con la estructura operativa de esta medida, junto con el establecimiento de la facultad de la Secretaría de Defensa para inspeccionar las armas inscritas, de manera colectiva, permitirá un mayor control de las autoridades municipales, estatales y prevendrá el uso y legítimo de las mismas armas”, indicó.

Permite también la posesión de armas de fuego autorizadas por la Sedena a ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo, tanto en sus domicilios como fuera de las zonas urbanas, si comprueban mediante fehacientemente su calidad como tal.

“Los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo pueden poseer en su domicilio y portar fuera de las zonas urbanas, con la sola manifestación, un rifle calibre 22″ o una escopeta de cualquier calibre, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm (25″) y las de calibre superior a 12 (.729″ o 18.5 mm)”, indica.

La reforma amplía el catálogo de armas de fuego para personas físicas para su seguridad y legítima defensa cuando se cumpla con las limitaciones de la ley y engrosa el listado de las que son de uso exclusivo del Ejército.

Además, prohíbe la fabricación, uso y portación de armas piezas y componentes tridimensionales y realizadas de forma artesanal.

“Está prohibida la posesión, y portación de armas reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea y de las creadas mediante la fabricación tridimensional, técnicas aditivas, réplicas o de forma artesanal, salvo los casos de excepción señalados por la Ley”, establece.

También se retoman los requisitos para quienes busquen obtener un permiso particular de armas, entre los que figuran constatar que el solicitante esté física y mentalmente apto y que no consuma estupefacientes.

Durante el debate, la diputada priista Lorena Piñón Rivera celebró la iniciativa que, dijo, abonará en la procuración de los candidatos que, pese a amenazas, emprenden campañas electorales en Veracruz.

 “Mi tierra, Veracruz, está a días de vivir una elección histórica. El próximo 1 de junio se renovarán los 212 ayuntamientos de nuestro Estado y no es un secreto que la amenaza de la violencia criminal busca distorsionar este proceso democrático.

“El marco estricto de la ley es también una estrategia para combatir el uso ilegal de armas por parte del crimen organizado. No se trata de armar a la sociedad, se trata de quitarle poder a quien hoy lo tiene sin ningún control”, expuso.

El dictamen también establece una periodicidad para la comercialización de municiones: para la protección personal, será anualmente; para actividades cinegéticas, trimestralmente, y para personal acreditado del Ejército, de manera mensual.

El proyecto fue turnado al Senado para su discusión y posible aprobación.