No será opcional, porque los tamaulipecos estamos hartos de tanto saqueo, y del grado de hartazgo será el nivel de minuciosa atención en su labor.
No será opcional, porque aunque en principio suene incongruente con el nombre que la Ley le obsequió al cargo, el combate legal a la corrupción no está ni cerca de depender solo de él.
No será opcional, porque, como dije, tal FiscalÃa, es una manecilla más del reloj jurÃdico anticorrupción: si no funciona bien rápidamente se notará.
Porque la Ley de nuestro Sistema Local, en su artÃculo 10 establece que habrá un Comité Coordinador Estatal, que se integrará por: 1) un representante del Comité de Participación Ciudadana, que, de hecho, ojo, será el Presidente del Comité en mención (es decir: será un Ciudadano quien presida el Sistema Local Anticorrupción), 2) el titular de la AuditorÃa Superior del Estado, 3) el titular, precisamente, de la FiscalÃa Especializada de combate a la corrupción, 4) el titular de la ContralorÃa Gubernamental, 5) el Presidente del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, 6) el Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, y 7) el Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa en el Estado.
Si pone atención, estimado lector, el Comité Coordinador lo integran solo 6 instituciones, quienes serán presididas por el Presidente del Comité de Participación Ciudadana; dicho de otra forma: serán siete personas las que operarán técnicamente el combate a la corrupción, pero, uno de ellos será un representante de nosotros, los ciudadanos, y, no solo tendremos representación, sino que, será dicho ciudadano quien, insisto, será el Presidente de tan importante eje coordinador, con las relevantes facultades legales que la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción le otorga.
Ser omiso, no será opción para el Fiscal, porque, además, contaremos como sociedad con un Comité de Participación Ciudadana (5 miembros), que, de acuerdo al artÃculo 21 de la Ley a la que me refiero lÃneas arriba, entre las veintiocho facultades legales que tendrá (sÃ, dieciocho), destacan: 1) el acceso sin restricción alguna a la información que genere el Sistema Estatal, 2) el diseño de los mecanismos para que la sociedad civil denuncie los hechos de corrupción, 3) proponer las reglas bajo las cuales se recibirán las peticiones ciudadanas sobre denuncias fundadas, que desde la sociedad pretendamos hacer llegar a la AuditorÃa Superior del Estado, y 4) dar seguimiento al funcionamiento del Sistema.
Como puede ver, ser omiso no será opción para el Fiscal, porque la exigencia social regirá las polÃticas del Sistema: la ciudadanÃa debe constituirse en la más importante instancia de fiscalización.
Por eso la apuesta es por una auténtica participación ciudadana: nosotros somos el corazón del Sistema Anticorrupción en Tamaulipas.