La reforma en la que el Congreso local saliente recién adicionó un párrafo segundo al artículo 165 de la constitución de Tamaulipas, me recordó a aquella frase de “Corrupto legal: el político que ejerce la deshonestidad con estricto apego a derecho”. Les cuento:

Resulta que a propuesta del PAN, con 22 votos de dicha bancada a favor, 3 del PRI a favor, 1 de MC a favor, más 4 votos a favor de los (ex) Morenistas Ulises Martínez Trejo, Rigoberto Ramos Ordoñez, Guillermina Medina Reyes y Leticia Sánchez Guillermo, quedó aprobada la reforma más cínica que recuerdo en los últimos tiempos.

Consiste, en condicionar la aprobación de una reforma constitucional al aval de la mayoría de los ayuntamientos del Estado, es decir, no bastará con la mayoría de legisladores que históricamente se ha requerido para reformar la constitución local, sino que, ahora, tendrán que consultar a los cabildos, y si no se obtiene la autorización de la mayoría de estos, no hay reforma.

Casualmente esto se da, cuando el PAN pierde la mayoría en el congreso local, pero obtiene mayoría de ayuntamientos en el Estado (28 de 43), que aunque no representan una mayoría para efectos porcentuales del número de habitantes en el Estado, sí constituyen mayoría de cabildos, precisamente en esto reside lo que he denominado en mis redes sociales el asalto a la democracia.

Y es que tras la votación del 6 de junio la intención popular en Tamaulipas se definió claramente por tener un Congreso de mayoría Morenista, y que bajo esa representación popular residiera la potestad legislativa. No obstante ello, con este cínico atraco, la próxima legislatura iniciará restringida por lo que hace a reformas constitucionales, pues estarán limitados por sus “nuevos órganos revisores”: los ayuntamientos. Vaya forma de desnaturalizar el sistema, a conveniencia.

En fin, empecé diciéndole, estimado lector, que me acordé de la figura del corrupto legal, que Agustín Basave en su libro Mexicanidad y Esquizofrenia la describe como “el político que ejerce la deshonestidad con estricto apego a derecho”.

Y aquí pasará algo similar, ya que constitucional o no (desde mi punto de vista no lo es esencialmente por dos razones que explicaré en diverso texto), este cínico movimiento hoy por hoy es legal, y no será cuestionado jurídicamente ante la Suprema Corte porque el término está por vencer y se requiere el 33% de los integrantes de la legislatura local para plantear una acción de inconstitucionalidad, porcentaje que en tiempo presente no completarían los interesados.

Así las cosas, además de aquellos adjetivos con que ya los califica el pueblo tamaulipeco, les podemos sumar el de Cínicos legales, porque inconstitucional o no, antidemocrática o no, inmoral o no, la reforma es legal, y sin planteamiento formal que la cuestione, así quedará el párrafo segundo del artículo 165 de la constitución de Tamaulipas.

Estoy cierto de que este tema dará mucho de que hablar de octubre a diciembre, tal vez haya una solución jurídica extraordinaria o pragmática, y si no, la legislatura estará llamada a proponer tan buenas reformas constitucionales que a los ayuntamientos panistas les acarreé un notorio costo político no aprobarlas.

Así la política “al revés” en el Estado del personaje desaforado. Sus guardaespaldas se transformaron un rato en cínicos legales y se asaltó a la democracia: a la legislatura legítimamente electa, a la voluntad del pueblo tamaulipeco.