El Gobierno de México publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma al artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos.
Esta modificación dejó sin efectos la facultad de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para establecer regulaciones asimétricas, que permitían un un balance entre Petróleos Mexicanos (Pemex) y empresas privadas en materia de hidrocarburos.
Se deja sin efectos la facultad otorgada a la Comisión Reguladora de Energía para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como la comercialización que realicen personas controladas por Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios”, se lee en el documento.
Esta reforma entrará en vigor a partir del jueves 20 de mayo de 2021.
En un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, la CRE deberá aplicar estos cambios a la ley de Hidrocarburos en relación a la regulación asimétrica.
Las ventas que realicen Pemex y sus empresas productivas subsidiarias de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos “por cuenta y orden del Estado, será considerada como comercialización en términos de lo establecido por la presente Ley y sus Reglamentos, por lo que se deberán observar los principios de generalidad y no indebida discriminación previstos en la misma”.
Esta modificación se realizó dos semanas después de que fuera publicada la polémica Ley de Hidrocarburos promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la cual es señalada de ser “expropiatoria” debido a que permite tomar el control de instalaciones privadas.
Debido a lo anterior los jueces federales Juan Pablo Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza otorgaron suspensiones definitivas a la ley de Hidrocarburos, estarán vigentes hasta que el Poder Judicial falle de fondo sobre su constitucionalidad.