Con el fin de año también se aproxima el pago de aguinaldo para millones de personas, incluidas las pensionadas. Sin embargo, no todas pueden recibir esta prestación, ¿por qué? A continuación te lo decimos, así como el monto de quienes sí.
Por medio de su página de Internet, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señala que las personas pensionadas por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, que estén amparadas por la Ley del Seguro Social que estuvo vigente hasta el 30 de junio de 1997, tienen derecho a recibir un aguinaldo anual. Este equivaldrá a una mensualidad de la cuantía de la pensión recibida, es decir, no se considerará el importe de asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.
Por su parte, personas amparadas por la Ley del Seguro Social vigente no podrán recibir algún importe por cuestión de aguinaldo, destacó el IMSS.
A los pensionados por incapacidad permanente total y parcial con un mínimo de más del 50% de incapacidad se les otorgará un aguinaldo anual equivalente a 15 días del importe de la pensión que reciban, de acuerdo al artículo 58 fracción IV.
Viudas, además de huérfanos de padre y madre menores de 16 años -o hasta 25 si se encuentran estudiando en escuelas del sistema educativo nacional- o aquellos que estén totalmente incapacitados debido a una enfermedad crónica o discapacidad, también recibirán un aguinaldo anual equivalente a 15 días del importe de la pensión que perciban, señala el artículo 64 fracción VI.
Es preciso señalar que los pensionados recibirán el pago de su aguinaldo en el mes de noviembre y este 2022 se tiene contemplado que se realice el 1 de noviembre.