La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) formalizó la posibilidad de llevar a cabo sesiones itinerantes, ahora denominadas “sesiones extraordinarias en territorio”, que podrán realizarse en pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas cuando el asunto lo amerite.
El nuevo reglamento de Sesiones de la Corte, publicado el jueves en el Diario Oficial de la Federación, establece que los ministros podrán solicitar al Pleno la celebración de una sesión de este tipo, ya sea por decisión propia o a petición de la ciudadanía. La solicitud deberá presentarse antes de que se elabore el proyecto de resolución o, en otros casos, previo a la publicación de la lista de asuntos.
La aprobación de estas sesiones corresponderá al Pleno, que en sesión privada decidirá por mayoría simple. En caso de avalarse, se fijarán fecha, hora y lugar de celebración. El reglamento subraya que, al realizarse en territorios indígenas o afromexicanos, la Corte deberá coordinarse con las autoridades comunitarias para garantizar respeto a sus normas y formas de organización.
Además, el reglamento introduce ajustes en la dinámica interna de trabajo. Con la eliminación de las salas, el Pleno sesionará de lunes a jueves. Los lunes y martes, los ministros abordarán acciones y controversias constitucionales; mientras que miércoles y jueves se discutirán amparos y asuntos en materia penal, civil, familiar, mercantil, fiscal, administrativa y laboral.
Para agilizar el trabajo, se conformarán comisiones de secretarios encargados de agrupar los asuntos por materias y someterlos a votación en bloque, de modo que el debate en el Pleno se centre únicamente en los casos sin consenso