Mediante el decreto 66-114 expedido por el Congreso del Estado y Publicado por el Periódico Oficial el pasado 16 de los corrientes, se reforman y adicionan diversas disposiciones de la constitución política del estado de Tamaulipas y la ley del notariado para el estado de Tamaulipas.

En el artículo segundo que se reforman los artículos 3, párrafo 1; 133, párrafo 2, fracción IV, incisos b) y c); y 159, párrafo 1; y se adicionan el inciso d) a la fracción IV, del párrafo 2, del artículo 133; y el artículo 135 Bis a la Ley del Notariado para el Estado de Tamaulipas, el ejecutivo estatal podrá “Revocar el Fiat” a cualquier de sus titulares si se les comprueba una serie de irregularidades documentadas a través de la Dirección de Asuntos Notariales de la Secretara General de Gobierno.

El Diputado Claudio Alberto de Lieja Hinojosa explico que estas reformas buscan transparentar los procedimientos relacionados con la expedición y revocación de Fiat de notario y patentes a aspirante al notariado, asegurando que las irregularidades sean atendidas de manera expedita y conforme a derecho.

“A partir de ahora se establece un procedimiento claro y específico para la revisión y resolución de irregularidades en la función notarial, garantizando el derecho de audiencia de las personas involucradas y promoviendo resoluciones basadas en principios de legalidad y transparencia” asevero.

La persona titular de la Dirección de Asuntos Notariales recopilará la información que sustente las irregularidades y la remitirá a la persona titular de la Secretaría General de Gobierno para determinar si procede o no el inicio del procedimiento de revocación del Fiat de Notario o patente a aspirante al Notariado; Al recibir el informe de la Dirección de Asuntos Notariales, analizará las constancias y determinará si existen elementos suficientes para iniciar o no el procedimiento.

De no advertirse elementos para proceder, emitirá un acuerdo de improcedencia, dejando constancia de las razones que lo sustentan.

“Este marco fortalece la confianza de la ciudadanía en las instituciones notariales y protege el interés público al exigir que los actos de los notarios cumplan con los más altos estándares jurídicos y éticos” indico.

Asimismo, el fortalecimiento del régimen disciplinario previsto en la reforma tiene como finalidad principal establecer una estructura eficiente y confiable que permita actuar con firmeza ante cualquier conducta irregular. Esto no solo protege a la ciudadanía, sino que también dignifica la función notarial, asegurando que quienes la ejercen lo hagan con apego a los valores de profesionalismo, honradez y responsabilidad social.