Para quienes provoquen incendios forestales en bosques, zonas boscosas u otros recursos forestales, las penas serán de seis a ocho años de prisión. Si el acto se comete por negligencia, la pena será de cuatro a seis años.

En el artículo 345, del Código Penal del Distrito Federal señala que se le impondrán de dos a cinco años de prisión y de 1,000 a 5,000 días multa, a quien ilícitamente ocasione uno o más incendios que dañen un área natural protegida o valor ambiental, una barranca o un área verde en suelo urbano.

En términos prácticos, el delegado del Consejo Nacional Forestal (CONAFOR), Delegación Tamaulipas, Carlos Argueta Espíndola dijo que las sanciones para quienes provocan incendios forestales ascienden hasta los tres millones de pesos.

Explicó que en Tamaulipas el 90 por ciento de los incendios forestales presentados hasta el momento han sido provocados, por lo que los casos ya fueron pasados a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), que deberá de investigar y aplicar las multas correspondientes.

“En las quemas agrícolas las recomendaciones son hacerlas a temprana hora y delimitar las áreas, porque sin esas precauciones se salen de control”, concluyó.