La Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas, aclaró Yadira Mendoza Delgado, administradora del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Ciudad Victoria.

La funcionaria explicó que condicionar la expedición de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a la entrega de la CSF constituye una infracción prevista en el Código Fiscal de la Federación.

Detalló que, conforme al artículo 83, fracción IX, del citado ordenamiento, dicha práctica puede ser sancionada con multas que van de 21 mil 420 hasta 122 mil 440 pesos para quien incurra en ella.

Mendoza Delgado precisó que para emitir una factura, el emisor únicamente requiere contar con datos básicos del contribuyente, como la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal y régimen fiscal.

Indicó que esta información puede obtenerse mediante la cédula de datos fiscales disponible en el portal oficial del SAT, sin necesidad de solicitar la Constancia de Situación Fiscal.

La administradora del SAT en la capital tamaulipeca señaló además que los empleadores no deben solicitar la CSF a las personas trabajadoras para el timbrado de nómina, ya que los datos necesarios pueden gestionarse mediante los mecanismos establecidos por la autoridad fiscal.

Agregó que la Constancia de Situación Fiscal contiene información relevante únicamente para el propio contribuyente, como sus actividades económicas, obligaciones y domicilio fiscal, por lo que no es indispensable para la emisión de CFDI.

Finalmente, puntualizó que la CSF no tiene vigencia y solo se actualiza cuando el contribuyente realiza modificaciones en su información fiscal, como cambios de domicilio, régimen o actividades económicas.