Farmacéuticos de Tamaulipas por disposición de la Coepris ordenó, sin explicación alguna y, que a partir de este años se les pida a los ciudadanos la credencial de elector para poder surtirles la receta de medicamentos controlados, lo que ha ocasionado molestia entre la ciudadanía.

Tofic Salum Fares presidente de la Unión de Propietarios de Farmacias en la entidad informo a través de una circular se avisó de esta nueva política, que a decir de los mismos socios del gremio, la población les incomoda pero se cumple con tal requerimientos, incluso a la misma se agrega el número telefónico de quien surte la receta.

“No es una disposición nueva, desde que inició el año se comenzó a exigir a la ciudadanía presentar su credencial de elector, número telefónico y dirección para surtir los medicamentos controlados con la clasificación de los grupos dios y tres” detallo.

La mecánica para surtir los medicamentos comenzó a cambiar desde enero, ahora se les pide ahí mismo su identificación del INE para cualquier tipo de medicamento controlado.

Y es que la preocupación de la ciudadanía que se ha visto sorprendida con esta medida, es también para los ciudadanos que no cuenten con este documento de identificación, pues se desconoce entonces cómo surtirán su medicina.

De acuerdo a lo que establece el Suplemento para Establecimientos dedicados a la Venta y Suministro de Medicamentos y otros Insumos para la Salud, la receta médica es la orden escrita emitida por el médico (prescripción) para que se surta o dispense uno o varios medicamentos al paciente.

La elaboración de una receta sigue un esquema definido, por lo que la legislación señala los requisitos que ésta deberá de contener, los cuales se mencionan a continuación: Nombre de quien prescribe. Domicilio completo de quien prescribe. Número de cédula profesional del médico entre otros.

Al surtir estos medicamentos será necesario presentar en farmacia una identificación oficial con fotografía y firma y registrar los siguientes datos personales detrás de la receta. Nombre del cliente, domicilio, teléfono, tipo de identificación y número de identificación.

Las farmacias pueden reservarse el derecho de no surtir las recetas que no cumplan con los requisitos arriba señalados de conformidad con lo establecido en el artículo 116 del Reglamento de Insumos para la Salud, ya que es sancionable para tales establecimientos surtir recetas con datos incompletos.