Los servidores públicos han sido advertidos de mantenerse al margen de la actividad proselitista así como de difusión hasta en redes sociales de acciones institucionales, esto de acuerdo al artículo 41 Constitucional que marca:

“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de las jornadas comiciales respectivas, deberán suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno, alcaldías y cualquier ente público”.

Resalta en los lineamientos que queda prohibido utilizar redes sociales oficiales y personales para promover o influir de cualquier forma en el voto a favor o en contra de un partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato.

En las prohibiciones queda marcado no asistir a eventos partidistas en día y hora hábil. En el caso de los servidores públicos de elección popular y de jerarquía de mando, no deben asistir a dichos eventos en día hábil, aun habiendo solicitado licencia sin goce de sueldo.

Igual no pueden asistir a eventos partidistas con uniforme de gobierno o en vehículos oficiales en día hábil o inhábil.

Condicionar la entrega de beneficios de programas públicos a cambio de promesas del voto a favor o en contra de algún partido político o candidato, o entregar dicho beneficio haciendo referencia a que éste proviene de algún partido político o candidato.

Tampoco se debe incluir en la entrega de bienes provenientes de programas públicos alguna imagen, frase o logo que se identifique con algún servidor público o partido político.