La Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó el uso de una empresa “fantasma” en la celebración de un contrato ejecutado en Tamaulipas durante el mandato encabezado por el entonces gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, para la compra de medicamento oncológico.

El uso de esta empresa “fantasma” se descubrió durante el último año de ese gobierno con un contrato por 60 millones de pesos por los fármacos mencionados, en la Secretaria de Salud a cargo en ese entonces de Gloria Molina.

Según los datos del expediente que emana de este órgano de control federal, se trata del numeral 007/2022 para el suministro del referido medicamento para los hospitales de Tamaulipas por un monto de 60 millones de pesos.

El caso se agrava porque el proveedor adjudicado no contaba con la experiencia necesaria para recibir esta clase de adjudicaciones, cuando la ley exige sean personas capacitadas y certificadas en tratamientos del cáncer.

La Auditoría Superior de la Federación emite la Promoción de Responsabilidad Administrativa  Sancionatoria para que la Dirección General de Investigación adscrita a la Auditoría Especial  de Seguimiento, Informes e Investigación de la Auditoría Superior de la Federación realice las  investigaciones para esclarecer los hechos y determine la presunta responsabilidad de los servidores  públicos que en su gestión adjudicaron el contrato número ST/SAF/DJ/DC/V/0007/2022  para el suministro de medicamento oncológico a unidades hospitalarias del Estado.

El reporte de la ASF descubrió que se trata de una persona física que despachaba en una colonia popular de esta capital, en un domicilio particular “X”, según las investigaciones que emanan de la investigación ejecutada por la misma.

En el informe emitido por la ASF se emiten nombres de los ex funcionarios públicos que tendrán que ser llamados a cuentas por la cantidad presuntamente defraudada, tomándose en cuenta que el citado proveedor no contaba de inicio con la certificación médica, ni lo establecido por el Código Fiscal de la Federación en su artículo 69 B que aplica para las empresas “fantasma”.