Durante décadas los criterios que en materia laboral adoptan los tribunales han sido, casi siempre, reflejo del momento político que vive el país.
Sin entrar al dilema de si está bien o mal que influya el régimen que impere en el momento (derecha o izquierda) en los criterios de los tribunales, es una realidad.
Porque así como en materia legislativa, saltan a la vista ejemplos claros, como que en el sexenio de Calderón se tuvo a bien “topar” los salarios caídos que se surten durante la tramitación de un juicio laboral, y se inició una nueva etapa en materia de contratación con vientos favorables para el patrón; y en el sexenio de López Obrador se abrió la puerta a debates añejos como el incremento salarial y diversas cuestiones pro operarios. También en sede judicial se sienten los tribunales más reclinados para una de las partes. Es complicado decirlo, pero como operador jurídico de nuestro sistema lo sostengo sin titubeo alguno: hoy los criterios jurisdiccionales en materia laboral, se recargan la mayoría de las veces en franca defensa de la versión o postura que el trabajador planteó en juicio.
A través del tiempo ha habido intentos por equilibrar el proceso laboral, para que sin ánimo de descuidar al débil (trabajador) tuviera el patrón herramientas legales y reglas claras para enderezar una defensa si es que del otro lado había abuso por parte de un ex colaborador para sacar una ventaja ilegal, más que simplemente defender su derecho.
Sin embargo, hoy, en pleno 2025 cada vez es más distante tal equilibrio, pues no solo el tsunami de reformas pro trabajador (la mayoría son buenas, algunas excesivas) ha inundado nuestro espectro legal, sino que, los titulares de los tribunales laborales, jueces de distrito y magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito han venido cayendo en una excesiva suplencia de la queja que conlleva, me parece, a que hoy tengamos una injusticia laboral en los litigios.
Aunque es un tema profundo, se esperaba que con la profesionalización de la materia (con la desaparición de las Juntas y la llegada de la competencia laboral a Tribunales), se empatarían un poco las condiciones para que cada parte defendiera mejor sus derechos; lo cierto es que no ha sido así, por eso me atrevería a sugerir a quienes tengan el carácter de patrón, que opten por reducir riesgos, y hagan uso de la conciliación para negociar y solucionar los asuntos sobre terminación de relaciones laborales, de aquí a que existan nuevas reflexiones sobre los criterios en la materia.