En 2013 se aprobó la reforma de los artículos 25, 27 y 28 en hidrocarburos y sector eléctrico. El gobierno insistía en beneficios. Algunos objetivos son: bajar tarifas eléctricas, sustituir las centrales eléctricas contaminantes con tecnología limpia y fomentar el gas natural para generar energía, aunque la reforma es un peligro para la propiedad social y paso profundo en privatización y despojo de tierras agrarias y recursos naturales y ataque a la toma de decisiones y organización social y política.

La reforma genera mecanismos legales para que se exploten territorios y recursos de las comunidades sin control. Dado que la industrias eléctrica e hidrocarburos se catalogan de uso público, el uso del territorio para estos proyectos tiene prioridad, lo que vulnera el derecho a alimentación, agua, vivienda, a medio ambiente sano y la salud de comunidades. El proceso de presentación, discusión y aprobación de la reforma fue rápido y poco transparente, viola el derecho al acceso a la información y consulta previa, libre e informada de comunidades indígenas. En la Constitución, en tratados internacionales de derechos humanos, los pueblos originarios tienen reconocido derechos a autodeterminación, al territorio y a la consulta, y existen mecanismos legales para la defensa de sus derechos.

La reforma energética es posterior a la de derechos humanos (2011) El proceso legislativo de la reforma transgredió el derecho a la consulta previa, libre e informada y el derecho al consentimiento de comunidades. Ni reforma constitucional ni leyes secundarias se sometieron a consideración de estas poblaciones a pesar de que afectan tierra, territorio, recursos naturales, autodeterminación y derecho a elegir su modelo de desarrollo. El Estado debía consultar medidas legislativa y administrativa que los afecte, conforme su Convenio 169 de la OIT, Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y la Constitución Mexicana.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el objeto de solicitudes que pedían someter la reforma energética al mecanismo de participación ciudadana de consulta popular, argumentando que se relaciona con ingresos y gastos del Estado, el cual se excluye del mecanismo de participación, negando el derecho a la participación ciudadana, a pesar de su trascendencia. La Comisión Nacional de Derechos Humanos, desestimó la acción de inconstitucionalidad presentada por organizaciones civiles.

Se considera limpias tecnologías con fuente de energía y procesos de generación que producen menor volumen de emisiones y residuos contaminantes respecto de tecnología convencional. Para generar energía limpia están viento, radiación solar, océanos, mares, ríos, yacimientos geotérmicos, bioenergéticos (biomasa y biogás), metano y gases de residuos sólidos u orgánicos, energía nuclear y la generada por centrales de generación eficiente en criterios emitidos por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) Hay tecnologías señaladas limpias con efectos nocivos.

Gas natural: 50% de la electricidad se genera con este gas. Si bien la emisión que se genera por la combustión del gas es menor que carbón y petróleo, su perforación y extracción provoca fuga de metano de efecto invernadero más potente que el CO2 (Union of Concerned Scientists 2015) Estudios muestran que la producción de gas impacta la calidad del aire y emite mayor cantidad de gases con efecto invernadero (Armendariz 2009) Plantas nucleares: Genera cantidades significativas de residuos radioactivos. En EE. UU., se genera al año 2 mil toneladas métricas de desperdicio altamente radioactivo y 12 millones de pies cúbicos de bajo contenido radioactivo sin contenedores seguros para dichos desperdicios. Se usa uranio que contamina terrenos y fuentes de agua. Los accidentes nucleares muestran lo difícil que es el control de estas plantas y efectos prolongados y dañinos que se generan. Las olas de calor más frecuentes afectan su estabilidad. Los reactores no son seguros y, por lo tanto, los problemas seguirán (Physicians for social responsability 2015)

Hidroeléctrica: La legislación mexicana la considera energía limpia a pesar de que las represas tienen impacto en ecosistemas y generan gas de efecto invernadero. En zonas tropicales los embalses generan 150 veces más CO2 por kilovatio/hora que el que generan embalses en zonas boreales (Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente 2009) Las grandes represas emiten al año 104 millones de toneladas métricas de metano desde el embalse, turbinas, vertederos y ríos corriente abajo (International Rivers 2009) Implica que la emisión de metano de las represas aporta 4% al total del calentamiento (International Rivers 2009)