La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) y el Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Laboral de la CDMX determinaron en dos casos distintos que la pensión por viudez, invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada no puede ser inferior al salario mínimo en la CDMX, que es de $172.87 diarios, con lo que sentaron precedente al manifestar que la misma suerte correrán las pensiones de ascendencia y todas cuyo importe sea menor a los $5 mil 186 mensuales.
Iván Navarro, secretario general de la Federación de Agrupaciones Obreras de la República Mexicana (FAO), promovente de ambas demandas, explicó que lo anterior sienta precedente para las personas que tienen pensión menor a $5 mil 186 mensuales y añadió que tomando en consideración asignaciones familiares, el incremento podría ser de hasta $6 mil. Informó que en México son considerables lospensionados menores a $5 mil 186 mensuales. “Lo que quieren decir ambas sentencias es que hay base legal firme para iniciar el proceso para que les paguen lo que corresponde y ya pueden demandar en tribunales”.
Para obtener el ajuste en la pensión, los pensionados deben contar con resolución favorable de pensión del Seguro Social sea Ley 1973 o 1997, un informe de pago de pensión para acreditar que ganan menos de un salario mínimo, solicitar amparo o establecer demanda para reclamar el ajuste ante la autoridad correspondiente. “No hemos encontrado ningún juicio hasta ahora que sea contrario a lo que resolvieron la JFCA y el Tribunal debido a que existe un principio de realidad en la ley laboral, donde el juez está obligado a observar la cuestión real, en este caso que una persona mayor de 60 años no puede vivir con una pensión menor al salario mínimo”, dijo el especialista laboral.
Explicó que en las juntas de conciliación existe un atraso en las sentencias para determinar casos como estos, donde se pueden demorar entre 10 y hasta 48 meses en obtener una sentencia favorable.
En México, el promedio de la pensión mensual es de $14 mil mensuales, significa que hay muchas pensiones por debajo del salario mínimo pues hay dependencias que otorgaron pensiones elevadas. Laignorancia del trabajador en su vida activa que no se enteró que su empresa reportaba al IMSS un salario menor al que devengaba para pagar cuotas más baratas es un motivo que al final de su carrera laboral le deje en estado de indefensión, prácticamente.
En la industria de la construcción se da una práctica; si contratan 30 trabajadores, daban de alta a una decena y los rotan cada mes para que cada 3 meses tengan acceso a servicio médico, situación que les birla 2 meses de cuotas por trimestre laborado. Al final de su carrera, las semanas cotizadas no son suficientes para alcanzar pensión.