– Prospera Denuncia contra Mario López
– Destitución e Inhabilitación, dice la ley
– Congreso Local determinaría la sanción
– Plan de Energía, para “el 31 de febrero”

En tremendo predicamento se encuentra el alcalde de Matamoros, MARIO LÓPEZ HERNÁNDEZ, “La Borrega”, al tenor de una Resolución emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con fecha 26 de febrero de 2020.
Tal Resolutivo corresponde a la Denuncia presentada por el PAN y el PRI, contra MORENA y el alcalde MARIO LÓPEZ, el 11 y 23 de abril del 2019, respectivamente.
El motivo de dicha Denuncia, fue aquel discurso que LÓPEZ HERNÁNDEZ pronunció el 7 de abril pasado, en el “Centro de Convenciones Mundo Nuevo”, en el que se tomó Protesta a los Comités de Obra de Infraestructura y Contraloría Social.
En su mensaje a los Comités, el edil matamorense expresó: “Quiero que todos, que nadie se quede atrás, unidos, agarrados de las manos, el día dos de junio no permitamos ninguna irregularidad, no permitamos que se nos haga trampa, ese día vamos a refrendar lo que hicimos el día primero de julio del año pasado, otro triunfo más”.
Asimismo, los arengó: “Atiendan este mensaje, transmitan este mensaje porque queremos en el corazón, en la mente y en la verdad, transmitan con confianza con sus amigos, con sus familiares, con sus compañeros de trabajo, que vamos bien y que nadie nos va a desviar hacia donde vamos, que Dios los bendiga”.
Obviamente, el alcalde fue acusado de cometer Actos vinculados a presunto Uso Indebido de Recursos Públicos durante el proceso electoral 2018-2019.
Del resolutivo de la Sala Regional del TEPJF se daría vista al Poder Legislativo de Tamaulipas, a fin de que determine lo que corresponda en el ámbito de su competencia.
Según se sabe, en el caso del alcalde de Matamoros, resultaría aplicable lo dispuesto en el artículo 310 fracción X de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, que a la letra dice:
“Respecto de las autoridades o los servidores públicos de los poderes públicos, órganos autónomos, órganos de gobierno municipales y cualquier otro ente público del Estado, en términos de los artículos 151 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 53 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas y demás relativos aplicables de los mismos ordenamientos:
a) Apercibimiento privado o público;
b) Amonestación privada o pública;
c) Suspensión;
d) Destitución del puesto;
e) Sanción económica; o
f) Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público”. (Hasta aquí la cita del artículo).
Lo anterior nos recuerda el caso de un alcalde de Reynosa, el Priista LUIS GERARDO HIGAREDA ADAM, que estando en funciones como tal, en agosto de 1999, fue removido del cargo, en base al Decreto Número 52 suscrito por el entonces gobernador TOMÁS YARRINGTON RUVALCABA, Priista también.
Aunque en el caso de Higareda, éste fue acusado de un supuesto faltante de 8 millones de pesos detectado en las arcas de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, siendo él Gerente General, en 1998.
En aquellos ayeres, el Suplente de Higareda, que ya estaba “más puesto que un calcetín” para asumir la alcaldía, era SERAFÍN GÓMEZ VILLARREAL. Sin embargo, por acuerdo de Cabildo, el regidor JUAN RIGOBERTO GARZA FAZ, presidió el Ayuntamiento durante un mes.
Posteriormente, fue enviada una terna al Congreso del Estado, misma que estaba integrada por ERNESTO CANTÚ RESÉNDEZ, así como el hoy finado EDUARDO GARZA GONZÁLEZ y HUMBERTO VALDEZ RICHAUD, “Betico”, que a la postre resultó ‘agraciado’ al ser designado alcalde sustituto de Reynosa.
En el caso de MARIO LÓPEZ, “La Borrega”, su suplente es JOSÉ ALBERTO GRANADOS DÁVILA, que hoy funge como Secretario de Desarrollo Social del Municipio.
Tal vez, todo quede en una amonestación pública.
¿Y en qué quedaría en Plan de Infraestructura en materia de Energía, que el Jefe de la Oficina de la Presidencia, ALFONSO ROMO, dijo, en entrevista que el 30 de enero le hizo el periodista PASCAL BELTRAN DEL RÍO, que presentaría, “a más tardar el 31 de febrero”?.

CONTRAFUEGO: “Que no panda el cúnico”.
Hasta la próxima.