El próximo lunes 21 de marzo se considera un día de descanso obligatorio, tal como lo estipula Ley Federal del Trabajo, misma que indica en el artículo 74 que al trabajar en un día “feriado” el empleado deberá recibir una mayor percepción económica o, en su defecto, llegar a un acuerdo con el patrón.
¿Por qué es día festivo el 21?
La ley establece como día inhábil el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, por el natalicio de Benito Juárez, quien fue un abogado y político mexicano, de origen indígena, y presidente de México en varias ocasiones.
¿Qué dice la Ley?
El artículo 75 dispone que “los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Además, por un día festivo laborado se tiene que ganar el triple:
“Son días hábiles todos los del año con excepción de los sábados y domingos, los de descanso obligatorio, los festivos que señale el calendario oficial y aquéllos en que las autoridades laborales señaladas en el artículo anterior suspendan sus labores”.
Entonces, ¿Cuánto te tienen que pagar?
En este contexto, si vas a trabajar ya sea el 21 de marzo, y tienes un sueldo de 10 mil pesos mensuales, así debe calcular lo que deberás recibir como pago.
Ejemplo:
Un sueldo de 10,000 pesos mensuales, deberás dividirlo entre 30 (días del mes) y el resultado multiplicarlo por tres.
10,000 / 30 = 333.3 (por día) X 3= 1,000 pesos
Debido a que muchas empresas, independientemente si es un día festivo, deben seguir operando trandrán que llegar a un acuerdo con sus colaboradores para determinar quienes trabajarán los días festivos y la cantidad que se les va a pagar.
¿Dónde puedes reportar a tu patrón si incumple con el pago?
El artículo 75 de la LFT menciona que, si no se llega a un convenio, el conflicto debe ser resuelto por la Junta de Conciliación y Arbitraje. En caso de que la empresa no lo pague lo que tiene por obligación, la persona afectada puede solicitar apoyo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) al 800-717-2942 y al 800-911-7877.