La propuesta de reforma constitucional para que los ayuntamientos no puedan tener más de 15 regidores eliminó la obligación de garantizar la equidad de género en la integración de estos cuerpos colegiados de decisión municipal.
Actualmente, el artículo 115 constitucional establece que “cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad”.
Se prohíbe la participación en la elección para una diputación a personas con parentesco (consanguinidad, afinidad, matrimonio o concubinato) con quien esté ejerciendo la titularidad de la diputación en los últimos tres años, Abraham Cruz.
Sin embargo, la iniciativa presidencial propone una modificación para que el texto solo establezca que el Ayuntamiento esté integrado por “un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y de siete hasta quince regidurías”, omitiendo la redacción sobre la paridad.
REACCIÓN EN EL SENADO
Ante la alerta sobre esta omisión, difundida por grupos feministas en redes sociales, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, Ignacio Mier, informó anoche que las comisiones de la Cámara Alta “harán los ajustes de técnica legislativa necesarios” para subsanar el error.
La iniciativa, denominada plan B, también ordena un tope presupuestal para los congresos estatales: Los ayuntamientos que rebasen las 15 regidurías deberán disminuirlas a partir del próximo año. Entre los estados que superan este parámetro se encuentran Baja California, Morelos y Michoacán. Tan solo el Congreso de Baja California tiene un presupuesto de 871.6 millones de pesos para este 2026, lo que representa el 0.98% del presupuesto estatal (88 mil 799 millones de pesos).
La reforma dispone que las legislaturas locales realicen los ajustes necesarios para que las reducciones surtan efectos al inicio de la siguiente legislatura.