La Fiscalía General de la República interpuso recurso de revisión y expresó agravios contra la sentencia terminada de integrar el veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, dentro del juicio de amparo 2477/2022-2 que dejó sin efectos la orden de aprehensión en contra del exgobernador Francisco García Cabeza de Vaca.
En la lista de acuerdos publicada este fin de semana en el Juzgado Octavo de distrito con sede en Reynosa, señala que “Vista la cuenta, tengase por recibido los oficios 115/2023 y FGR/FEMDO/UEIORIFAM/AMP/166/2023 signados por el Agente del Ministerio Público de la Federación Adscrita a este Organo Jurisdiccional, con recinto a esta ciudad, y el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de la Fiscalia Especializada en Materia de Delincuencia Organizada de la Fiscalía General de la República, con residencia en la Ciudad de México, mediante los cuales interpones recurso de revisión y expresan agravios contra la sentencia terminada de integrar el veintisiete de febrero de dos mil veintitrés”.
El recurso de revisión fue aceptado por el juez federal, sin embargo, se reservó el envio del expediente relativo al juicio de amparo 2477/2022-2, al Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en turno, hasta que obre el acuse de recibo correspondiente a la notificación del presente auto a la autoridad responsable de referencia.
La Fiscalía General de la República solicitó y obtuvo orden de aprehensión en contra de Cabeza de Vaca por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita y el juez de amparo de referencia emitió sentencia en el juicio de amparo 2477/2022-2, con la que se estima favoreció al exgobernador.
La Fiscalía estimó que “el rol de juzgador se habría transformado en el de un agente de la defensa del imputado”.
Ante esa sentencia, notoriamente alejada del derecho -indicó la Fiscalía- y del más elemental sentido de justicia, se promovió el medio de impugnación correspondiente, a la vez que, se analizarán las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación a la autoridad que la emitió.