Las llamadas “pensiones doradas” que durante años beneficiaron a altos funcionarios y ex servidores públicos con jubilaciones millonarias pagadas con dinero del erario ya tienen freno constitucional en México.

Con la publicación del decreto que reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quedó oficialmente establecido el límite a las jubilaciones y pensiones dentro de las entidades públicas del país.

La reforma convierte en obligación constitucional que ninguna pensión, jubilación o haber de retiro financiado con recursos públicos pueda superar los topes salariales permitidos por la propia Carta Magna.

La medida busca terminar con los esquemas de retiro considerados excesivos o privilegiados que durante décadas generaron polémica en distintos organismos públicos, donde algunos ex funcionarios continuaban percibiendo ingresos superiores incluso a los de servidores públicos en funciones.

El nuevo marco legal aplicará para poderes estatales, municipios, organismos autónomos y cualquier institución que opere con presupuesto público, obligando a revisar sistemas especiales de retiro y contratos de jubilación.

La aprobación definitiva de esta reforma representa uno de los movimientos más fuertes en materia de austeridad y control del gasto público, particularmente en un contexto donde las finanzas gubernamentales enfrentan presión por el pago de pensiones y obligaciones laborales.

La modificación constitucional también refuerza el principio impulsado desde el Gobierno federal de que ningún funcionario puede recibir ingresos por encima de los límites establecidos para el servicio público.

Con ello, los sistemas de retiro considerados “de lujo” quedarían sujetos a revisión y adecuación legal en todo el país, abriendo la puerta a posibles ajustes en organismos donde históricamente existieron percepciones elevadas para ex funcionarios, magistrados y altos mandos administrativos.