Los informes de alcaldes, síndicos y regidores podrían dejar de ser documentos que solamente se entregan al Congreso para convertirse en información de consulta obligatoria para los ciudadanos, luego de que la Diputada Eva Araceli Reyes González presentó una iniciativa para reforzar la transparencia en los ayuntamientos de Tamaulipas.
La propuesta plantea reformar el Código Municipal para establecer que los informes de actividades de las presidencias municipales, sindicaturas y regidurías no solamente sean entregados por escrito al Congreso del Estado, sino que también sean publicados y puestos a disposición de la ciudadanía.
De acuerdo con la iniciativa, una vez presentado el informe, los ayuntamientos tendrían un plazo de 10 días hábiles para hacerlo público mediante la Gaceta Municipal y el sitio oficial de Internet del Ayuntamiento, en formatos que permitan su consulta y descarga.
La medida busca que los ciudadanos puedan conocer de manera directa las acciones realizadas por sus autoridades municipales, los resultados obtenidos y el cumplimiento de programas y objetivos, bajo los principios de transparencia, rendición de cuentas y máxima publicidad.
La propuesta también establece que esta obligación deberá cumplirse respetando las disposiciones en materia de protección de datos personales, así como la información que legalmente tenga carácter reservado o confidencial.
Uno de los puntos que también contempla la iniciativa es que los presidentes o presidentas municipales, síndicos o síndicas y regidores o regidoras que ya hayan presentado su informe anual correspondiente a este año deberán remitirlo al Congreso dentro de los 10 días posteriores a la entrada en vigor del decreto, además de hacerlo público.
Durante la sesión, la Diputación Permanente aprobó primero la dispensa del turno de la iniciativa para proceder a su estudio y elaboración del dictamen, con cuatro votos a favor y tres abstenciones.
La propuesta fue presentada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, y plantea adicionar disposiciones a los artículos 55, 59 y 60 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
De aprobarse, en definitiva, el decreto entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.