Para evitar que los ayuntamientos de Tamaulipas dejen de cumplir con la celebración de sus sesiones ordinarias por falta de convocatoria, el diputado Francisco Hernández Niño presentó una iniciativa de reforma al Código Municipal del Estado.
La propuesta plantea adicionar tres párrafos al artículo 42 del Código Municipal, con el objetivo de establecer un procedimiento claro cuando no se convoque a las sesiones ordinarias en los tiempos que marca la ley.
Hernández Niño explicó que actualmente la legislación establece la periodicidad con la que deben sesionar los ayuntamientos ( Tres sesiones al mes), pero no contempla de manera específica qué sucede cuando la convocatoria no es emitida y, por consecuencia, no se cumple con dicha obligación.
De acuerdo con la iniciativa, cuando esté pendiente una sesión ordinaria, la tercera parte de los integrantes del Ayuntamiento podrá requerir por escrito al presidente o presidenta municipal que emita la convocatoria correspondiente.
Si transcurren tres días hábiles sin que se emita la convocatoria, esa misma tercera parte de los integrantes del Cabildo podrá convocar directamente a la sesión, notificando a la presidencia municipal y al resto de los miembros, además de cumplir con las formalidades establecidas en el Código Municipal.
El legislador señaló que la propuesta no pretende quitar facultades a las presidencias municipales, sino establecer un mecanismo subsidiario que permita garantizar el funcionamiento de los ayuntamientos cuando exista una omisión en la convocatoria.
“Si la ley establece que el Ayuntamiento debe sesionar, debe existir también un mecanismo que permita hacer efectiva esta obligación”, sostuvo.
La iniciativa fue recibida por la Diputación Permanente del Congreso de Tamaulipas, que determinó turnarla para su estudio y la elaboración del dictamen correspondiente.