Clausuras temporales o definitivas y multas de hasta 10 mil 374 pesos son parte de las sanciones que la autoridad sanitaria podría llegar a aplicar a los establecimientos que no den cumplimiento a las disposiciones que marca la Ley general para el Control del Tabaco.

Estas medidas no serán de manera inmediata, ya que a los negocios se les ha concedido un período de adaptación de dos meses, plazo que comenzó el pasado 3 de febrero con la publicación del manual de identidad gráfica y señalética para delimitar los espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones, indicó Alberto Moctezuma Castillo, comisionado estatal para la Protección de Riesgos Sanitarios en Tamaulipas.

De acuerdo con las reformas a la ley general para el control del tabaco, en México ya está prohibido exhibir las cajetillas de cigarros en puntos de venta en general; también está prohibido fumar o encender cualquier producto de tabaco o nicotina en sitios cerrados, públicos o con alta afluencia de personas. pero la autoridad señala que aún hay personas que no están cumpliendo.

“Todavía vemos que la gente fuma en lugares concurridos y se les ha ido llamando la atención a los dueños de los negocios y a la gente que se le ve fumar y se les ha hecho saber que, si continúan haciéndolo y una vez pasado el plazo de adaptación, se les puede sancionar”.