El impuesto predial es el impuesto local por excelencia, sin embargo, dada las condiciones socio económicas e históricas de nuestros municipios y localidades, no siempre es potencialmente eficiente, es evidente que se trata del impuesto más relevante, dada la estructura de la desigualdad municipal.
Quiero hacer un recuento como es el caso con la reforma constitucional, al artículo 115, a partir de 1984, se determinó la naturaleza municipal de la recaudación del impuesto predial.
En las cuatro reuniones que se realizaron para concretar y consensar las reformas, los presidentes municipales que participaban en el tema de ingresos manifestaron su preocupación por lo que pasaría en el momento que intentaran cobrar este impuesto a su compadre, a su primo, a su vecino, ésto por ejemplo recuerdo que era preocupación en Quintana Roo hace muchos años. Porque se decían que había gente de “mucho dinero y poder político”.
Por ejemplo, en los años 90 promoví en Oaxaca una reforma para incrementar la recaudación del predial, con el fin de “jugar con eficiencia” en las reformas al sistema de distribución de participaciones aprobado a finales de ese año por la Comisión Permanente, la reforma operaba en dos sentidos, uno cobrando lo que la precaria y desactualizada base catastral determinaba y en otro revisando los valores catastrales para acercarlos cada vez más a la realidad. La fórmula del Fondo de Fomento Municipal (FFM), que funciona desde 1991, ha vinculado la dinámica recaudatoria de predial y agua con la de distribución del FFM. Siendo el Secretario de Finanzas en Oaxaca hicimos un gran esfuerzo en ambos sentidos, sin embargo, en cada actuación que hacíamos, el tesorero municipal de la capital descontaba al contribuyente la mitad por lo menos. ¿Qué se hizo?: Establecer convenios de colaboración para que el gobierno estatal lo cobrara. El resultado fue que en 1991, respecto de 1990, el incremento fue mayor a 1000 por ciento, a pesar de que se bajaron las tasas, pero se amplió la base.
Ésto se refleja en el coeficiente del FFM, ya que, por cada peso adicional recaudado, Oaxaca recibió tres pesos por medio del crecimiento de su coeficiente de participaciones en el FFM, pero eso duró poco con el cambio de gobierno.
El estímulo funcionó hasta 1998, cuando se crea el Fortamun, con un monto de recursos superior en 2.5 veces al FFM, el cual se les pagaba sólo por el número de habitantes.
Por supuesto que hay municipios que, si cumplen con su responsabilidad, pero son los menos.
Podemos decir que en la coyuntura será importante reforzar en los canales correspondientes la recaudación del impuesto predial, potenciando así ingresos propios, que tendrán que ser revisados y si se da el caso sancionado por los congresos locales. La realidad obliga a ser eficientes en esta materia.
En la Coordinación Fiscal entre lo que facturan los municipios y lo que efectivamente cobran hay una diferencia, aún sin reformas en el catastro cerrar esa brecha sería suficiente para casi duplicar el monto de lo recaudado. En algún momento el Gobernador de Sonora me planteó que la situación es que nosotros contábamos con un sistema que él llamaba “padrotismo fiscal”.
En ese sentido, el Catastro, el Registro Público de la Propiedad y los derechos de agua, forman parte de un programa que siempre ha sido preocupación de la CPFF, por lo menos en los tiempos en que afortunadamente me ha tocado participar en la misma y siempre creo tenemos pendiente la revisión y el cobro de este impuesto tan relevante, y la importancia de que fortalezcamos a los municipios con el apoyo de los estados de una colaboración administrativa que fortalezca la recaudación local del impuesto predial.
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