Los Testigos de Jehová anunciaron modificación a su postura religiosa sobre el uso de la sangre pues establece que cada miembro decidirá según su conciencia, si acepta transfusión de glóbulos rojos, blancos, plasma o plaquetas de otra persona.
El cambio se anunció el 18 de este mes por el Órgano de Dirección. Representa flexibilizar una posición doctrinal. La nueva disposición permite que cada fiel decida si desea donar sangre con el propósito de que sus componentes o fracciones sean utilizados por otra persona. La organización aclaró que su postura contra transfusiones de sangre completa no cambia. Mantienen su interpretación del mandato bíblico de “abstenerse de sangre” (Hechos 15:20)
Explican que la Biblia no especifica el uso médico de estos componentes por lo que considera que no corresponde establecer prohibición sobre ellos. Se estableció su posición sobre transfusiones en 1945, cuando una publicación de The Watchtower abordó la cuestión desde su interpretación de la santidad de la sangre. Desde 1961, los miembros que aceptaban transfusiones y mantenían actitud considerada contraria a las normas de la organización eran expulsados. Esta postura llevó a rechazar transfusiones incluso en situaciones médicas graves.
Tribunales como el de Illinois en In re Fetus Brown (1997) y Ontario en Malette vs. Shulman (1990) fallaron a favor de la autonomía del paciente, otorgando indemnizaciones (20 mil dólares canadienses) por transfusiones realizadas sin consentimiento. En 2024, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España a pagar 26 mil euros a una paciente tras determinar que se vulneraron su libertad religiosa y vida privada al transfundirla en contra de su negativa expresa.
En Chile, la doctrina mayoritaria es autorizar la transfusión para salvar la vida, aunque en 2008 dos cortes reconocieron la autonomía del paciente y negaron la transfusión. En México, los tribunales protegen la objeción de conciencia de adultos y priorizan la vida del menor. La literatura jurídica señala que no existen precedentes sobre transfusiones sanguíneas a testigos de Jehová que hayan derivado en fallos civiles o penales definitivos a favor de los pacientes. Los casos surgidos (Amparo en Revisión 1049/2017) han resuelto que el personal actuó legalmente al priorizar la vida del menor y solicitar la intervención de la autoridad de protección, sin vulnerar la dignidad de los padres.
Se trata de un gran cambio.Con frecuencia se enfrentan personal de salud, paciente y familia de miembros de esa religión ante la necesidad de transfundir a grado tal que, muchos médicos se niegan a atenderles para evitar trabas a su actuar en caso de considerarse necesaria la transfusión para preservar la vida. Es una apertura a la vida.